En todo proyecto de obra se habrá de adjuntar un documento dónde se expliquen las medidas de prevención y protección necesarias para la correcta ejecución de una obra en las mejores condiciones de seguridad y salud. Según lo establecido en el Real Decreto 1627/97, en función de distintos criterios se redactará un estudio básico de seguridad y salud o un estudio de seguridad y salud.
Una vez aprobado el correspondiente proyecto y antes de iniciarse las obras se habrán de designar un coordinador de seguridad y salud el cuál, cómo su nombre indica, coordinará a los distintos agentes necesarios para la construcción de la obra en cuestión y hacer cumplir el plan de seguridad y salud y la normativa vigente.