Informe de Evaluación del Edificio (IEE)

El Informe de Evaluación del Edificio (IEE) es un documento en el que se acredita el estado en el que se encuentra un edificio.

Se revisan principalmente tres aspectos:

  • El estado de conservación del inmueble (elementos constructivos e instalaciones)
  • La eficiencia energética.
  • La accesibilidad del edificio.

¿Cuándo es obligatorio realizar el Informe de Evaluación del Edificio?

Según el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, es obligatorio en los siguientes casos:

  • Para propietarios de inmuebles de vivienda colectiva que tengan una antigüedad superior a los 50 años. Y será necesaria su presentación antes del 28 de junio de 2018. Una vez superada esa edad, la comunidad de propietarios dispone de un plazo de 5 años para realizar el informe de evaluación del edificio.
  • Edificios que quieran solicitar alguna ayuda pública si van a realizar obras de rehabilitación. En este caso el informe de evaluación del edificio (IEE) se debe realizar antes de la petición de las ayudas.
  • En edificios catalogados, y en aquellos que así lo determine la normativa autonómica o municipal.

Una vez realizado, se deberá volver a revisar el edificio cada 10 años.

¿En qué consiste?

El técnico competente realiza una inspección del edificio de los distintos elementos constructivos, así como de sus instalaciones para detectar posibles lesiones (leves, moderadas o graves), detección de grietas, existencia de humedades, características del entorno, tipología del edificio, dimensiones de distintos elementos, medición de huecos, orientación, características de las máquinas instaladas, situación de cuartos de contadores de agua o electricidad, evacuación de aguas, etc..

A su vez se tomarán todos los datos necesarios para evaluarlo energéticamente (obteniendo datos relativos a la demanda energética y de emisiones de CO2) y considerar aquellas mejoras que pueden realizarse para conseguir una mayor eficiencia.

Por último se analizaran las condiciones de accesibilidad del edificio (presencia de escalones, anchos de paso, si dispone o puede disponer de ascensor, etc….)

Es importante realizar un correcto mantenimiento del edificio, para así evitar la aparición de posibles problemas y alargar la vida útil del inmueble.

¿Qué elementos inspecciona el técnico competente?

Elementos constructivos:

  • Estructura
  • Fachadas
  • Cubiertas
  • Techos
  • Suelos

Instalaciones:

  • Agua
  • Saneamiento
  • Electricidad

Accesibilidad:

  • Escaleras
  • Ascensores
  • Medidas de zonas comunes

¿Ayudas para la realización del Informe de Evaluación del Edificio?

La cuantía máxima de la ayuda será de 20 euros por cada una de las viviendas que componen el edificio y de 20 euros por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de los locales comerciales, sin poder superar en ningún caso los 500 euros por edificación ni el 50 % del coste total del informe de evaluación del edificio.

A esta cantidad habría que añadir la cantidad que concede la Generalitat Valenciana, que consiste en 8 euros por cada domicilio del edificio y de la misma cantidad por cada 100 metros cuadrados de local comercial. Sin poder superar los 200 euros por edificio ni el 20 % del coste total del informe.

 

Pídanos presupuesto a través de nuestro formulario, indicándonos:

– dirección del inmueble.

– número de viviendas y locales.

Así podremos conocer los datos necesarios para aplicar nuestras tarifas a las características del edificio y en el menor tiempo posible le enviaremos un presupuesto detallado con toda la información necesaria para obtener el Informe de Evaluación del Edificio.

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