La rehabilitación de edificios es la principal finalidad de este programa de ayudas, así que, si próximamente estás pensando realizar la rehabilitación de tu edificio y está situado en la Comunidad Valenciana, te puede salir un poco más barato gracias a las ayudas a la rehabilitación de edificios, accesibilidad y al Informe de Evaluación del Edificio, las cuales facilita el Ministerio de Fomento y la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de la Comunidad Valenciana, a través del plan estatal de vivienda 2013-2016 y que ha sido prorrogado para el año 2017, entrando en vigor el pasado mes de Mayo de 2017.
La principal finalidad del programa es fomentar la rehabilitación de viviendas mediante actuaciones detectadas en el Informe de Evaluación del Edificio (IEE), resolviendo así problemas de:
– Patologías estructurales.
– Deficiencias en cubiertas, fachadas e instalaciones.
– Mejorar la accesibilidad de los edificios (eliminación de barreras arquitectónicas, instalación de salvaescaleras, instalación o renovación de ascensores).
– Mejorar la envolvente del edificio (sistemas SATE) y la instalación de equipos (calefacción, climatización, ACS y ventilación) para así conseguir una mayor hermeticidad de los mismos.
Se pueden beneficiar de esta ayuda las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o propietarios únicos de edificios de viviendas.
Así como las administraciones públicas y demás entidades de derecho público que sean propietarias de inmuebles destinados a alquiler de viviendas durante 10 años.
Los requisitos serán los siguientes:
– El edificio ha de estar construido antes de 1981, siendo de carácter residencial colectivo (edificio de viviendas).
– El 70% de su superficie debe ser destinada a vivienda y ser el domicilio habitual del propietario.
– En obras de conservación, tendrán preferencia las obras en edificios en los que al menos el 60% de los propietarios tenga ingresos ponderados inferiores a 6,5 veces el IPREM.
– Debe de haber acuerdo de la comunidad de propietarios.
– Se debe presentar el correspondiente proyecto de reforma, en el que se indicarán las actuaciones a realizar en el edificio de viviendas. En el caso de no ser necesario el proyecto, se aportará memoria suscrita por técnico competente la adecuación al Código Técnico de Edificación.
– El edificio cuente con el Informe de Evaluación del Edificio (IEE).
Casos excepcionales:
– Se admitirán edificios (viviendas no ubicadas en zonas de playa o de segunda residencia) que no cumplan las condiciones anteriormente descritas pero que presenten graves daños estructurales o de cualquier otra índole y queden reflejadas en el IEE como de daño alto y de intervención urgente.
– Podrán acceder a las ayudas si se trata de edificios finalizados antes del 2000 y que vayan a ser destinados íntegramente al alquiler, durante al menos diez años a contar desde la recepción de la ayuda.
– Las obras deberán estar finalizadas antes del día 31 de diciembre de 2018.
El plazo para la presentación de la solicitud de las ayudas comenzó el pasado 29 de mayo, y finalizará el día 10 de julio de 2017, ambos inclusive.
La rehabilitación de edificios será subvencionada por el Estado con hasta un 35% de las obras, añadiendo un 10% adicional que aporta la Generalitat Valenciana.
En el caso de la mejora de la accesibilidad las ayudas pueden llegar hasta el 50% de las obras.
El importe máximo será de hasta 2.000 € por vivienda en obras de rehabilitación del edificio, ya sea mediante la conservación de la estructura, cubierta, fachada o instalaciones del edificio.
De 2000 a 5000 € si se hacen simultáneamente las obras de rehabilitación con mejoras de la eficiencia energética del edificio y otros 1000 € si se realiza las mejoras de accesibilidad (eliminación de rampas, instalación de salvaescaleras, instalación o renovación de ascensores,etc..) por lo que el importe puede llegar hasta los 4.000 € por vivienda en ese caso.
Todas las cuantías podrán incrementarse en un 10 % adicional si son edificios declarados de Bien de Interés Cultural (BIC).
La cuantía máxima por vivienda y 100 m2 de local no superará los 11.000 € (12.100 € en los casos de BIC).
Si el edificio se encuentra en la Comunidad Valenciana, la Generalitat subvencionará con un 10% adicional hasta un máximo de 4000 € por vivienda hasta agotar la partida presupuestaria correspondiente.
Para la realización del Informe de Evaluación del Edificio la cuantía máxima de la ayuda será de 20 euros por cada vivienda del edificio y de 20 euros por cada 100 metros cuadrados de superficie útil, hasta un máximo de 500 euros por edificación o 50 % del coste del informe. Añadiendo a sí mismo la ayuda de la Generalitat.
Según datos del Ministerio y de la Generalitat Valenciana, el importe total aportado es de 19.405.921 euros para la rehabilitación de edificios y 467.600 para la realización del Informe de Evaluación del Edificio (IEE).
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