La cédula de habitabilidad o licencia de segunda ocupación es un documento recogido en la Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación (LOFCE).
La cédula de habitabilidad acredita que una vivienda existente cumple con la normativa técnica sobre habitabilidad siendo necesario para formalizar contratos de alquiler y venta, y para dar de alta los servicios de agua, luz y gas. También es necesario en los casos en los que la compañía eléctrica haya retirado el contador (generalmente por impago o por una baja) y así poder restablecer el servicio.
Tras visita al inmueble por el arquitecto técnico u otro técnico competente y realizar la correspondiente inspección se comprueba que reúne las condiciones mínimas de habitabilidad, según la normativa vigente, para considerar que la vivienda es habitable.
Si tras la inspección, el técnico observa que la vivienda no cumple con los requisitos mínimos de habitabilidad, le indicará los defectos observados al titular de la vivienda para que sean subsanados.
En el certificado de la cédula de habitabilidad emitido por el técnico, se hará constar los siguientes datos:
– Referencia catastral del inmueble.
– Superficie construida.
– Descripción de la vivienda.
– Año de construcción para constatar que no se trata de un inmueble de nueva construcción.
– Justificación del cumplimiento de la normativa sobre habitabilidad y diseño.
– Justificación del cumplimiento de la normativa municipal.
Si el Arquitecto Técnico, tras la inspección, observa que la vivienda no cumple con los requisitos mínimos de habitabilidad, le notificará los defectos y las anomalías detectados, para que sean subsanados por el titular de la vivienda.
La documentación solicitada por el Ayuntamiento al que pertenece la vivienda (puede variar ligeramente según el municipio) es:
– Fotocopia del DNI del titular de la vivienda.
– Impreso de declaración responsable de renovación de licencia de ocupación de vivienda, según modelo normalizado. Suscrito por la persona propietaria de la vivienda o de la persona representando legal. Se deberá indicar teléfono de contacto y mail para poder concertar la correspondiente visita de inspección por parte de un técnico municipal, en el caso en el que sea necesario
– Justificante de haber liquidado la tasa correspondiente, inferior a 20 €. En el Ayuntamiento de Valencia, se presentará el modelo 855.
– Si la vivienda va a ser alquilada y el trámite lo está solicitando el inquilino, será necesaria la presentación del contrato de arrendamiento o autorización del propietario.
– En el caso de venta del inmueble, fotocopia de escritura de la vivienda, o en su defecto, fotocopia del contrato de compra-venta.
– Fotocopia del Impuesto de Bienes e Inmuebles (IBI).
– Certificado Técnico de habitabilidad redactado por técnico competente (Arquitecto o Arquitecto Técnico) en el que se justifique el cumplimiento de la normativa.
Toda esta documentación se presentará en la Oficina de Atención al Ciudadano situada en el edificio de Tabacalera, C/ Amadeo de Saboya, nº 11, Nave Oeste de Valencia.
Es requisito imprescindible tener firma digital o tener clave pin
Pulsarás en el botón “Iniciar trámite”
Deberás identificarse y firmar electrónicamente según la opción que dispongas.
Una vez has pulsado te saldrá una nueva pantalla en la que dispondrás de dos nuevas opciones, en la que tendrás dos opciones:
Podrás imprimir y guardar un justificante de presentación.
Tienes opción, en el apartado “Carpeta ciudadana” de la web, de consultar y obtener copia de todas tus instancias presentadas (ya sea de ésta o de cualquier otra que presentes en el Ayuntamiento) e incluso aportar documentación adicional que te sea solicitada.
En cualquiera de las dos opciones (online o presencial) la resolución de la Cédula de Habitabilidad la obtendrás en un plazo máximo de 1 mes y dicho documento tiene una validez de 10 años a partir de la fecha de expedición.
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5 Comentarios
Jose Tomas
8 enero, 2015 at 3:31 pmNecesito una licencia de ocupación para poner el agua en mi local comercial.
somarquitectura
8 enero, 2015 at 7:20 pmHola Jose. Envíame tu e-mail para ponerme en contacto contigo.
Jose
5 octubre, 2020 at 9:49 pmGran manual! Me ha servido de mucho! Gracias.
Nati
10 septiembre, 2021 at 5:37 pmMe ha parecido un artículo muy completo, muy fácil de entender al no tener tecnicismos.
Muchas gracias.
admin
13 septiembre, 2021 at 5:27 pmMuchas gracias.